La Justicia determinó que la muerte de Ernestina Pais fue un accidente ferroviario
La fiscal de San Isidro cerró el expediente tras completar la última pericia pendiente. Las pruebas descartaron fallas mecánicas, alcohol, sustancias en sangre, intervención de terceros y otras líneas de investigación.
Dicen que cuando se acaba el camino, aparece la verdad. En el caso de la muerte de Ernestina Pais, la investigaciónjudicial llegó a una conclusión precisa: su fallecimiento fue consecuencia de un accidente en un cruce ferroviario de San Isidro, sin evidencias de fallas mecánicas, alcohol, sustancias en sangre, intervención de terceros ni otros factores que permitieran abrir una línea de investigación penal.
La fiscal Carolina Asprella, a cargo de la investigación en San Isidro, informó que cerró el expediente luego de recibir los resultados de la última pericia pendiente. De esta manera, la Justicia dio por confirmada la hipótesis de que la muerte de la conductora y actriz se produjo como consecuencia del choque entre el automóvil que conducía y el Tren de la Costa.
El hecho y las pruebas reunidas
Pais falleció el 26 de junio en la intersección de las calles Sáenz Peña y El Cano, cuando el vehículo que manejaba fue embestido por el Tren de la Costa. Ella fue la única víctima fatal del siniestro. La investigación se concentró en establecer las circunstancias del impacto y en determinar si el automóvil había sufrido algún desperfecto que pudiera haber provocado el choque.
- La pericia accidentológica descartó fallas mecánicas en el vehículo.
- Las cámaras de seguridad fueron incorporadas al conjunto de pruebas.
- La autopsia determinó que la causa de muerte fue un severo traumatismo de cráneo.
- Los estudios toxicológicos no detectaron alcohol ni sustancias prohibidas en sangre.
- La pericia planimétrica colaboró con la reconstrucción del hecho.
La fiscal resolvió cerrar la causa después de completar la pericia que faltaba. Con esa decisión, el expediente queda sin imputados y sin ninguna línea de investigación abierta. El accidente no generará un proceso penal, porque las pruebas reunidas no apontaron la existencia de un delito distinto de un hecho desafortunado.
Para mí, lo más importante de esta resolución no es solamente confirmar cómo ocurrió el choque, sino reconocer el valor de una investigación que fue revisando cada detalle: desde el estado del automóvil hasta las imágenes, los estudios del cuerpo y las condiciones en las que se produjo el impacto. La verdad judicial, en este caso, llega con un nombre que no deja lugar a especulaciones: accidente.
