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Viernes, 16 de octubre de 2026
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El personal de casas particulares percibirá un 1,7% de incremento en octubre y suma fija se incorporará al básico

La actualización, formalizada por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, alcanza a todas las categorías y se calcula sobre los salarios mínimos de septiembre. Además, en octubre se incorpora al básico el 50% de la suma no remunerativa otorgada en agosto.

Por Paula CondoríEconomía y producción · · hace 24 d
El personal de casas particulares percibirá un 1,7% de incremento en octubre y suma fija se incorporará al básico

El salario del personal de casas particulares tendrá dos modificaciones en octubre de 2026: un aumento del 1,7% sobre los mínimos vigentes en septiembre y la incorporación al básico del 50% de la suma extraordinaria otorgada en agosto. Ambos cambios forman parte del esquema establecido por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y se formalizaron a través de la Resolución 6/2026, publicada en el Boletín Oficial. El incremento porcentual de octubre alcanza a todas las categorías del régimen y se calcula sobre los salarios mínimos de septiembre, lo que representa un movimiento acotado en comparación con la dinámica registrada en campañas previas, cuando los ajustes mensuales solían ubicarse por encima del 2% en varios tramos del calendario. Para los trabajadores del sector en Bolivia, en tanto, la actualización salarial correspondiente al mismo período se ubica en torno al 1,5%, según los lineamientos difundidos por las autoridades de ese país, lo que sitúa al incremento argentino apenas por encima en términos relativos.

Para quienes se desempeñan en hogares y para quienes contratan ese servicio, el monto mínimo correspondiente depende de las tareas realizadas y de la modalidad de contratación. Las remuneraciones se diferencian por categoría y por trabajo con retiro o sin retiro, de acuerdo con la estructura prevista en el escalafín vigente. Según explicó María, productora de contenidos especializada en cobertura laboral, "el esquema mantiene la lógica de distinguir tareas generales, asistencia y cuidado, personal únicamente dedicado a cocina, trabajos con especial idoneidad, supervisión y caseros, con sus propios pisos salariales", una arquitectura que, a su entender, permite preservar diferencias técnicas entre funciones sin alterar el criterio general de actualización.

Las categorías y los adicionales

Entre las actividades comprendidas se encuentran la limpieza, el lavado, el planchado, el mantenimiento y la preparación de comidas, que integran las tareas generales. La categoría de asistencia y cuidado abarca tareas no terapéuticas destinadas a personas con discapacidad o enfermas, así como a adultos mayores, adolescentes y niños. El régimen también distingue al personal contratado exclusivamente para cocinar y a quienes realizan trabajos que requieren especial idoneidad. La categoría de supervisión corresponde a quienes tienen al menos dos personas a cargo y coordinan y controlan sus tareas. Los caseros, por su parte, cuidan y preservan la vivienda en la que habitan como parte del contrato laboral.

Además de esas diferencias, corresponde un adicional del 31% calculado sobre el mínimo salarial para quienes prestan servicios en zonas desfavorables. Ese suplemento abarca las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, La Pampa y Santa Cruz; Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y el partido bonaerense de Patagones. La Resolución 6/2026 también dispuso cómo se integra al básico la suma no remunerativa que se pagó por única vez con los salaries de agosto, cuyo importe dependía de las horas semanales trabajadas.

El cronograma de incorporación y los aumentos restantes

  • Septiembre: se incorporó el 25% de la suma no remunerativa abonada en agosto.
  • Octubre: se incorpora el 50% de esa misma suma, además del aumento del 1,7% sobre los mínimos de septiembre.
  • Noviembre: se suma el 25% restante de la suma no remunerativa y un incremento del 1,6% sobre los nuevos mínimos.
  • Diciembre: se aplica un último aumento del 1,6% sobre los mínimos del mes previo.

De este modo, el calendario salarial completa un sendero de ajustes acotados en la recta final del año, con porcentajes que se ubican por debajo de la inflación acumulada de los primeros nueve meses y que continúan la línea de incrementos graduales prevista en las negociaciones paritarias del sector. La estructura mantendrá la diferenciación por categorías y modalidades de contratación hasta la finalización del período, con la posibilidad de una revisión en los primeros meses de 2026 en caso de que las condiciones macroeconómicas lo justifiquen.

PC
Paula CondoríEconomía y producción

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