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Viernes, 16 de octubre de 2026
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Acreditación automática de los controles médicos de la Asignación por Embarazo: qué cambia desde noviembre y a quiénes alcanza

La Resolución 297/2026 del organismo previsional modifica el esquema vigente desde 2011 y reemplaza la presentación de papeles por un intercambio mensual de datos sanitarios con la cartera nacional. La medida rige para las asignaciones puestas al pago a partir del 1° de noviembre y mantiene la vía documental como respaldo ante faltantes de información o reclamos.

Por Santiago YurquinaMinería y litio · · hace 18 h
Acreditación automática de los controles médicos de la Asignación por Embarazo: qué cambia desde noviembre y a quiénes alcanza

A partir del 1° de noviembre, las titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social verán modificado uno de los trámites centrales que condicionan el cobro de la prestación: ya no deberán presentar documentación ante la Administración Nacional de la Seguridad Social para acreditar los controles médicos de seguimiento, dado que el organismo verificará esa información de manera directa con los registros que le envíe cada mes el Ministerio de Salud de la Nación.

El cambio fue oficializado mediante la Resolución 297/2026, publicada en el Boletín Oficial el 15 de octubre de 2026, y alcanza a las asignaciones que se pongan al pago desde esa fecha. Hasta ahora, cuando la base de datos del Ministerio de Salud no reflejaba la realización de los controles, la beneficiaria debía acercar constancias de manera presencial o a través de los canales digitales del organismo previsional, bajo riesgo de perder el cobro si no cumplía con esa presentación.

Cómo funcionará el nuevo esquema

El procedimiento automático se apoya en un intercambio de información entre la ANSES y el Ministerio de Salud, que remitirá mensualmente los registros sanitarios de las embarazadas. Con esos datos, el organismo previsional podrá corroborar de oficio el cumplimiento de los requisitos exigidos, sin necesidad de intervención de la titular en la etapa de acreditación.

La medida tiene su mayor impacto en la percepción del veinte por ciento acumulado de la asignación, que se liquida en un único desembolso una vez finalizado el embarazo. Para acceder a ese monto, la beneficiaria debe acreditar tanto la finalización de la gestación como la realización completa de los controles médicos. La finalización se sigue acreditando con la partida o certificado de nacimiento, el certificado de defunción o el certificado médico de interrupción del embarazo, según corresponda; lo que se automatiza es exclusivamente la verificación de los controles sanitarios.

La resolución no suprime la vía documental: si la ANSES no recibe los datos del Ministerio de Salud o la titular presenta un reclamo, el organismo podrá solicitar la documentación de respaldo para acreditar los requisitos. La presentación de papeles queda así como un canal alternativo, operativo cuando el intercambio automático resulte insuficiente.

  • Qué cambia: la ANSES verifica los controles médicos con datos del Ministerio de Salud, sin trámite de la titular.
  • A quiénes alcanza: a las asignaciones puestas al pago desde el 1° de noviembre de 2026.
  • Qué se automatiza: la acreditación de los controles de seguimiento del embarazo.
  • Qué no cambia: la finalización del embarazo se sigue acreditando con partida, certificado de nacimiento, defunción o interrupción.
  • Qué se mantiene: la opción de presentar documentación si los datos oficiales no alcanzan o ante un reclamo.
  • Montos: la AUE sigue abonando el 80% mensual entre la semana 12 de gestación y el final del embarazo, y el 20% restante en un pago único al concluir la gestación.
SY
Santiago YurquinaMinería y litio

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